Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos

Junta General Extraordinaria del COIN

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Queridos compañeros y amigos:

La Junta de Gobierno, en su reunión del día 6 de junio, acordó celebrar Junta General Extraordinaria, según convocatoria adjunta, el día 14 de septiembre a las 16,30 en primera convocatoria y a las 17,00 en segunda.

Esta Junta se convoca para aprobar, en su caso, la modificación de los estatutos del COIN y el nombramiento de tres Colegiados de Honor. La documentación correspondiente es accesible en www.ingenierosnavales.com.

Como recordaréis, la Junta General Extraordinaria de febrero de 2022 aprobó la modificación del Reglamento del COIN. Durante la segunda mitad del año 2022 y primera del 2023 una Comisión creada al efecto ha estado trabajando en la modificación de los Estatutos que, finalmente, fueron aprobados por la Junta de Gobierno, quien ahora los eleva a la Junta General Extraordinaria para su aprobación.

A continuación, os informo brevemente de cuáles son y en qué consisten las principales modificaciones que introduce la presente propuesta de reforma estatutaria:

  • Desde el punto de vista normativo y de régimen jurídico, además de dotar de coherencia a los Estatutos con respecto a la redacción dada al actual y vigente Reglamento del COIN, de cara a evitar cualquier contradicción o conflicto normativo en su aplicación y/o interpretación, se ha determinado expresamente cuál es la prelación o jerarquía que ha de imperar entre la normativa que rige este Colegio Profesional.
  • Un aspecto importante que se ha introducido en la propuesta de modificación estatutaria, al amparo de la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de julio de 2018 y en atención al interés público que requiere que el ejercicio profesional se ajuste a unas normas que aseguren tanto la responsabilidad como la eficacia en dicho ejercicio, radica en la posibilidad de que el COIN, en cumplimiento de las funciones de tutela del interés general de los destinatarios de los servicios profesionales y de ordenación de la actividad profesional, pueda efectuar de oficio la colegiación de aquellos profesionales que ejerzan la profesión, con titulación suficiente, pero sin cumplir con la obligación de colegiación.
  • Asimismo, en relación con los Órganos de Gobierno Generales del COIN, la modificación estatutaria operada ha introducido la posibilidad de cursar la convocatoria de Junta General y/o la Junta de Gobierno por el director de Gestión en aquellos casos excepcionales reglamentariamente establecidos, siguiendo el procedimiento contemplado en el Reglamento del COIN.
  • Además, en lo referente a la convocatoria, asistencia, desarrollo de las sesiones y Acta de las reuniones de la Junta General, se ha incorporado y desarrollado tanto la posibilidad de que la asistencia a sus reuniones se efectúe de forma telemática como de emitir el voto del mismo modo, así como incorporar, al consignar las actuaciones posibles a través de la “ventanilla única”, la posibilidad de convocar a los colegiados a las Juntas Generales (ordinarias y extraordinarias) y poner en su conocimiento la actividad privada y pública del Colegio, adaptando el citado artículo del texto estatutario a la dicción literal del artículo 10 de la Ley de Colegios Profesionales, el cual expresamente establece dicha redacción en su aparatado 1. letra d).
  • De igual modo, se ha establecido expresamente que el Decano Presidente ejerce la representación del COIN bajo el mandato de la Junta de Gobierno.
  • En relación con las Delegaciones Territoriales, mediante la presente propuesta de reforma estatutaria se procede a consignar expresamente que éstas son los instrumentos internos de la organización territorial del COIN, que agrupan a los colegiados del territorio correspondiente que tengan fijada su residencia dentro de su ámbito territorial, especificando, a su vez, que por residencia a estos efectos ha de entenderse el domicilio que el propio colegiado comunique al COIN.
  • Introduciendo, a su vez, que el Decano Territorial ostentará la representación de su correspondiente Delegación Territorial por delegación de la propia Junta de Gobierno del COIN y se ha procedido a limitar a dos períodos consecutivos su posibilidad de ostentar el cargo.
  • Se establece que podrán ser aspirantes a colegiado, los alumnos que estén cursando los dos últimos cursos de los estudios de la enseñanza universitaria oficial cuya titulación dé acceso al Colegio.
  • Otra modificación importante que se ha introducido es la que concierne al Régimen Disciplinario del COIN y que se ha efectuado al objeto de ajustar su redacción a la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Fundamentalmente en lo relativo al procedimiento a seguir en la tramitación de los expedientes disciplinarios.
  • Además, se ha procedido a modificar la regulación de la composición de la Comisión de Asuntos Deontológicos y Disciplinarios, en aras de evitar que en el futuro puedan repetirse situaciones similares a las ya vividas y de garantizar que la composición de la misma no pueda verse alterada tras tener conocimiento de unos hechos que puedan dar lugar a la incoación de un expediente, asegurando con ello que los hechos supuestamente constitutivos de infracción siempre sean enjuiciados por quienes formaren parte de la Comisión al momento del conocimiento de los hechos.

Por otra parte, la Junta de Gobierno propone a la Junta General el nombramiento como Colegiados de Honor a D. Joaquim Coello, D. Manuel Moreu y D. Luis Vilches, para reconocer su demostrada trayectoria profesional de éxito que ha contribuido a elevar el prestigio de la profesión de Ingeniero Naval, y por su generosa dedicación al colectivo desde su posición de decanos.

Dada la importancia de la citada Junta, te animo a que participes en la misma.

Un afectuoso saludo,

Pilar Tejo Mora-Granados
Decana del COIN

 

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